CÓDIGO DE DERECHO CANÓNICO
LIBRO XII
TÍTULOS, DIGNIDADES Y PROTOCOLO ECLESIÁSTICO (Cann. 2309–2399)
TÍTULOS, DIGNIDADES Y PROTOCOLO ECLESIÁSTICO (Cann. 2309–2399)
PARTE III PROTOCOLO ECLESIÁSTICO Y CEREMONIAL (Cann. 2351–2375)
TÍTULO I TRATO AL ROMANO PONTÍFICE (Cann. 2351–2356)
2351 § 1. El Romano Pontífice, en la comunidad eclesial virtual, es el signo visible de la unidad suprema de la Iglesia y recibe el máximo honor en el protocolo eclesiástico.
§ 2. Todo trato hacia su persona debe expresar reverencia, comunión y obediencia eclesial.
§ 2. Todo trato hacia su persona debe expresar reverencia, comunión y obediencia eclesial.
2352 § 1. En actos oficiales, al Romano Pontífice se le denominará “Su Santidad”.
§ 2. Ninguna otra fórmula podrá sustituir este tratamiento en contextos formales.
2353 § 1. En comunicaciones escritas, el tratamiento al Romano Pontífice deberá reflejar máxima solemnidad y respeto.
§ 2. Su nombre nunca deberá usarse sin el título correspondiente.
2354 § 1. En celebraciones litúrgicas y actos solemnes, el Romano Pontífice ocupa el lugar de honor supremo.
§ 2. Toda precedencia queda subordinada a su presencia.
2355 § 1. Los miembros de la Iglesia virtual deben manifestar respeto al Romano Pontífice conforme al protocolo establecido.
§ 2. Cualquier omisión grave en este respeto constituye falta contra la comunión eclesial.
2356 El trato al Romano Pontífice expresa la unidad visible de la Iglesia en la comunidad eclesial virtual y constituye el punto máximo del protocolo eclesiástico.
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