10 junio 2026

LIBRO XI - RELACIONES INSTITUCIONALES (Cann. 2200–2308) PARTE II DE LOS INFORMES EPISCOPALES Y LA COMUNICACIÓN OFICIAL (Cann. 2229–2249) TÍTULO I DE LOS INFORMES DE LOS OBISPOS A LA SEDE APOSTÓLICA (Cann. 2229–2236)

 CÓDIGO DE DERECHO CANÓNICO


LIBRO XI
RELACIONES INSTITUCIONALES
(Cann. 2200–2308)

PARTE II
DE LOS INFORMES EPISCOPALES Y LA COMUNICACIÓN OFICIAL (Cann. 2229–2249)

TÍTULO I
DE LOS INFORMES DE LOS OBISPOS A LA SEDE APOSTÓLICA (Cann. 2229–2236)

2229 § 1. Los obispos están obligados a remitir informes periódicos a la Sede Apostólica sobre el estado pastoral, disciplinario y organizativo de sus diócesis en la comunidad eclesial virtual.

§ 2. Dichos informes deben reflejar la realidad de la Iglesia local con veracidad y transparencia.


2230 § 1. Los informes episcopales constituyen un instrumento esencial de comunión entre las Iglesias particulares y la autoridad suprema.

§ 2. Su finalidad es favorecer la unidad, la corrección y el acompañamiento pastoral.


2231 § 1. La Sede Apostólica podrá establecer la periodicidad y el formato de los informes que deben presentar los obispos.

§ 2. Los obispos deberán ajustarse fielmente a dichas indicaciones.


2232 § 1. Los informes deberán incluir el estado de la doctrina, la disciplina y la vida comunitaria dentro de la diócesis.

§ 2. También podrán incluir dificultades, necesidades y propuestas de mejora.


2233 § 1. La omisión grave o reiterada de los informes episcopales constituye falta contra la comunión eclesial virtual.

§ 2. En tales casos, la autoridad superior podrá requerir explicaciones formales.


2234 § 1. La Sede Apostólica podrá solicitar información adicional cuando lo considere necesario para el gobierno de la Iglesia virtual.

§ 2. Los obispos deberán responder con diligencia y fidelidad.


2235 § 1. Los informes deberán ser elaborados con espíritu de comunión, evitando toda manipulación o distorsión de la realidad.

§ 2. Se exige especial responsabilidad en la presentación de datos disciplinarios o pastorales.


2236 El sistema de informes episcopales asegura la comunicación constante entre la Sede Apostólica y las Iglesias particulares, fortaleciendo la unidad y el gobierno pastoral de la comunidad eclesial virtual.

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