CÓDIGO DE DERECHO CANÓNICO
LITURGIA Y DISCIPLINA SACRA (Cann. 1181–1420)
TÍTULO II
DE LAS VESTIDURAS, INSIGNIAS Y OBJETOS SAGRADOS
(Cann. 1246–1300)
CAPÍTULO II
DE LAS INSIGNIAS ECLESIÁSTICAS (Cann. 1266–1280)
1266 §1 Las insignias eclesiásticas son signos visibles del oficio, dignidad o jurisdicción conferidos legítimamente dentro de la Iglesia en Minecraft.
§2 Deben utilizarse con reverencia y conforme a las normas litúrgicas y ceremoniales.
1267 Corresponde a la autoridad competente regular el uso de insignias propias de cada grado y oficio eclesiástico.
1268 §1 Los Obispos pueden utilizar las insignias propias del episcopado conforme al ceremonial legítimo.
§2 Los Arzobispos metropolitanos pueden además utilizar aquellas insignias vinculadas a su dignidad metropolitana.
1269 Ningún clérigo puede portar insignias que no le hayan sido legítimamente concedidas o autorizadas.
1270 §1 El uso de anillos, cruces pectorales, báculos, mitras, galeros y demás insignias debe observar las normas establecidas por la Iglesia.
§2 Debe evitarse todo uso excesivo, impropio o meramente ornamental.
1271 Las insignias eclesiásticas deben expresar dignidad, servicio y comunión jerárquica, evitando toda apariencia de vanidad o poder mundano.
1272 Los clérigos deben conservar adecuadamente las insignias confiadas a su oficio.
1273 Las insignias utilizadas en celebraciones solemnes deben corresponder legítimamente al rango y función del ministro celebrante.
1274 §1 La autoridad competente puede conceder o restringir determinados privilegios honoríficos conforme al derecho.
§2 Ningún privilegio puede ejercerse contra la disciplina de la Iglesia.
1275 Los escudos eclesiásticos, sellos y símbolos oficiales deben respetar la tradición y dignidad propias de la Iglesia en Minecraft.
1276 §1 Está prohibido plagiar, falsificar, alterar o utilizar ilegítimamente insignias o símbolos eclesiásticos oficiales ya existentes dentro de la Iglesia en Minecraft y la Iglesia Universal.
§2 Tales actos pueden ser sancionados conforme al derecho.
1277 Las insignias deben emplearse especialmente durante actos oficiales, celebraciones solemnes y funciones propias del oficio eclesiástico.
1278 §1 Los maestros de ceremonias pueden orientar sobre el correcto uso protocolario y ceremonial de las insignias.
§2 Los ministros deben obedecer dichas indicaciones legítimas.
1279 La autoridad competente debe procurar que el uso de insignias conserve siempre el sentido espiritual y eclesial del ministerio.
§2 Debe preservarse siempre el orden, reverencia y tradición ceremonial de la Iglesia en Minecraft.
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