CÓDIGO DE DERECHO CANÓNICO
LIBRO VI
LITURGIA Y DISCIPLINA SACRA (Cann. 1181–1420)
LITURGIA Y DISCIPLINA SACRA (Cann. 1181–1420)
TÍTULO IV
DE LOS ABUSOS LITÚRGICOS Y SU CORRECCIÓN
(Cann. 1361–1420)
CAPÍTULO III
DE LA PROTECCIÓN DE LA DIGNIDAD LITÚRGICA
(Cann. 1406–1420)
DE LOS ABUSOS LITÚRGICOS Y SU CORRECCIÓN
(Cann. 1361–1420)
CAPÍTULO III
DE LA PROTECCIÓN DE LA DIGNIDAD LITÚRGICA
(Cann. 1406–1420)
1406 §1 La dignidad litúrgica debe ser protegida diligentemente por todos los ministros y autoridades de la Iglesia en Minecraft.
§2 Toda celebración sagrada debe realizarse con reverencia, orden y solemnidad.
§2 Toda celebración sagrada debe realizarse con reverencia, orden y solemnidad.
1407 Corresponde principalmente a los Obispos custodiar la correcta disciplina litúrgica dentro de sus diócesis.
1408 §1 Los ministros sagrados deben evitar toda conducta que disminuya el carácter sagrado de la liturgia.
§2 Deben promover mediante su ejemplo el respeto al culto divino.
1409 Los templos y lugares destinados al culto deben conservar ambiente de oración, silencio y dignidad ceremonial.
1410 §1 Debe protegerse cuidadosamente el altar, el sagrario, los vasos sagrados y demás objetos destinados al culto.
§2 Toda profanación o irreverencia grave debe corregirse inmediatamente.
1411 La autoridad competente puede emitir normas particulares para preservar la dignidad de las celebraciones litúrgicas.
1412 §1 Los ministros deben utilizar correctamente las vestiduras e insignias litúrgicas conforme al ceremonial legítimo.
§2 Debe evitarse toda extravagancia o negligencia en el servicio litúrgico.
1413 Los responsables de ceremonias deben procurar adecuada preparación de celebraciones solemnes y actos pontificales.
1414 §1 Está prohibido utilizar los lugares sagrados para actividades incompatibles con la santidad del culto.
§2 La autoridad competente puede restringir o prohibir actos impropios.
1415 Los seminarios y centros de formación deben instruir cuidadosamente sobre la reverencia y disciplina litúrgica.
1416 §1 Toda acción que cause escándalo o menosprecio hacia la liturgia puede ser corregida conforme al derecho.
§2 Debe atenderse prudentemente la gravedad y repercusión del hecho.
1417 Los organismos litúrgicos pueden colaborar en la promoción de la formación ceremonial y del correcto espíritu litúrgico.
1418 §1 La protección de la dignidad litúrgica incluye la conservación de la tradición ceremonial y doctrinal de la Iglesia.
§2 Ninguna costumbre abusiva puede prevalecer contra las normas legítimas.
1419 Los ministros deben procurar que las celebraciones conduzcan verdaderamente a la oración, santificación y comunión eclesial.
1420 §1 Toda protección de la dignidad litúrgica debe orientarse a la gloria de Dios y al bien espiritual de las almas.
§2 Debe conservarse siempre la solemnidad, reverencia y unidad litúrgica de la Iglesia en Minecraft.
ANTERIOR SIGUIENTE