08 junio 2026

LIBRO V - MAGISTERIO Y FORMACIÓN (Cann. 981–1180) TÍTULO III DE LA MISIÓN EVANGELIZADORA (Cann. 1111–1180) CAPÍTULO II DE LAS MISIONES Y ACTIVIDADES PASTORALES (Cann. 1136–1155)

 CÓDIGO DE DERECHO CANÓNICO


LIBRO V
MAGISTERIO Y FORMACIÓN (Cann. 981–1180)
 

TÍTULO III

DE LA MISIÓN EVANGELIZADORA (Cann. 1111–1180)

 

CAPÍTULO II
DE LAS MISIONES Y ACTIVIDADES PASTORALES
(Cann. 1136–1155)

1136 §1 Las misiones y actividades pastorales son obras organizadas por la Iglesia en Minecraft para promover la evangelización, formación espiritual y atención pastoral de la comunidad eclesiástica.
§2 Deben realizarse conforme al derecho y bajo autoridad legítima.

1137 Corresponde principalmente a los Obispos coordinar y supervisar las actividades pastorales dentro de sus diócesis.

1138 §1 Los presbíteros, diáconos y demás ministros legítimos deben colaborar activamente en las misiones pastorales.
§2 Deben actuar con obediencia y comunión eclesiástica.

1139 Las actividades pastorales deben desarrollarse con dignidad, prudencia y fidelidad doctrinal.

1140 §1 Las misiones pueden incluir predicación, catequesis, celebraciones litúrgicas, formación doctrinal y acompañamiento espiritual.
§2 Toda actividad permanece sujeta a supervisión eclesiástica.

1141 Los organismos eclesiásticos pueden colaborar en la organización de actividades pastorales conforme a sus facultades legítimas.

1142 §1 La autoridad competente puede establecer normas particulares para las misiones y campañas pastorales.
§2 Todos los participantes están obligados a observarlas.

1143 Las actividades pastorales deben procurar la unidad de la Iglesia y el fortalecimiento de la vida espiritual.

1144 §1 Los ministros deben mantener conducta digna y espíritu de servicio durante las actividades pastorales.
§2 Debe evitarse todo escándalo o abuso de autoridad.

1145 La autoridad competente puede corregir, suspender o prohibir actividades pastorales que perjudiquen el orden eclesiástico.

1146 §1 Las misiones pastorales deben respetar la doctrina, liturgia y disciplina de la Iglesia en Minecraft.
§2 Ninguna actividad puede contradecir el Magisterio legítimo.

1147 Los responsables pastorales deben procurar adecuada organización y preparación de las actividades eclesiásticas.

1148 §1 Las campañas pastorales pueden realizarse a nivel parroquial, diocesano, provincial o general conforme al derecho.
§2 Debe mantenerse la coordinación con las autoridades correspondientes.

1149 Las actividades pastorales deben promover la formación espiritual, la reverencia litúrgica y la comunión eclesial.

1150 §1 Los clérigos deben colaborar mutuamente en las misiones y obras pastorales.
§2 Debe fomentarse siempre el respeto entre ministros y autoridades.

1151 La autoridad competente puede designar responsables, coordinadores o delegados para determinadas actividades pastorales.

1152 §1 Los bienes y recursos estructurales utilizados en actividades pastorales deben administrarse correctamente conforme al derecho.
§2 Debe evitarse todo uso indebido o negligente.

1153 Las actividades pastorales deben orientarse al crecimiento espiritual y evangelizador de la Iglesia en Minecraft.

1154 §1 Ningún ministro puede organizar actividades pastorales públicas contrarias a las disposiciones legítimas de la autoridad competente.
§2 Los abusos pueden ser corregidos o sancionados conforme al derecho.

1155 §1 Toda misión y actividad pastoral debe realizarse para la gloria de Dios y la salvación de las almas.
§2 Debe promoverse siempre la unidad, disciplina y fidelidad de la Iglesia en Minecraft.

 

ANTERIOR SIGUIENTE