CÓDIGO DE DERECHO CANÓNICO
DEL CLERO Y DEL MINISTERIO ECLESIÁSTICO
(Cann. 573–760)
TÍTULO V
DE LOS OFICIOS, NOMBRAMIENTOS Y PÉRDIDA DEL ESTADO CLERICAL (Cann. 726–760)
DE LA PÉRDIDA DEL OFICIO ECLESIÁSTICO
739 §1 El oficio eclesiástico se pierde por expiración del tiempo establecido, renuncia, traslado, remoción o privación conforme al derecho.
§2 Toda pérdida de oficio debe realizarse legítimamente por autoridad competente.
740 Los clérigos pueden presentar renuncia a un oficio eclesiástico por causa justa conforme a las normas de la Iglesia en Minecraft.
741 §1 La renuncia no produce efectos jurídicos mientras no haya sido aceptada por la autoridad competente.
§2 La autoridad puede rechazar la renuncia por justa causa.
742 Los clérigos deben continuar ejerciendo legítimamente el oficio hasta que la autoridad competente disponga otra cosa.
743 §1 Un clérigo puede ser removido de un oficio eclesiástico por negligencia grave, escándalo, incapacidad o causa justa conforme al derecho.
§2 Debe garantizarse siempre el debido procedimiento y derecho de defensa.
744 La remoción de un oficio debe notificarse legítimamente al interesado y conservarse en los registros correspondientes.
745 §1 La autoridad competente puede trasladar a un clérigo a otro oficio por necesidad pastoral o utilidad de la Iglesia.
§2 El traslado debe realizarse conforme al derecho y con prudencia pastoral.
746 Los clérigos trasladados deben asumir el nuevo oficio en el tiempo y forma establecidos por la autoridad competente.
747 §1 La autoridad competente puede suspender temporalmente el ejercicio de un oficio eclesiástico por causa justa.
§2 Durante la suspensión deben respetarse las disposiciones establecidas en el decreto correspondiente.
748 Los clérigos suspendidos no pueden ejercer las facultades o funciones prohibidas por la autoridad competente.
749 §1 La pérdida del oficio no extingue por sí misma las obligaciones clericales, salvo disposición legítima en contrario.
§2 El clérigo debe actuar siempre conforme a la disciplina de la Iglesia en Minecraft.
§2 Debe procurarse siempre el bien de la Iglesia y la salvación de las almas.
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