03 junio 2026

LIBRO II - DE LA CONSTITUCIÓN JERÁRQUICA DE LA IGLESIA (Cann. 204–572) TÍTULO III DE LA SUPREMA AUTORIDAD DE LA IGLESIA (Cann. 330–367) CAPÍTULO I DEL ROMANO PONTÍFICE Y DEL COLEGIO DE LOS OBISPOS (Cann. 330–341) Art. 1 — DEL ROMANO PONTÍFICE (Cann. 331–335)

 CÓDIGO DE DERECHO CANÓNICO


LIBRO II
DE LA CONSTITUCIÓN JERÁRQUICA DE LA IGLESIA (Cann. 204–572)
TÍTULO III
DE LA SUPREMA AUTORIDAD DE LA IGLESIA (Cann. 330–367) 
CAPÍTULO I
DEL ROMANO PONTÍFICE Y DEL COLEGIO DE LOS OBISPOS (Cann. 330–341)

Art. 1 — DEL ROMANO PONTÍFICE (Cann. 331–335)

331 El Romano Pontífice, es la representación del sucesor de San Pedro y Pastor Supremo en la Iglesia de Minecraft, posee potestad suprema, plena, inmediata y universal, que puede ejercer libremente conforme al derecho.

332 §1 El Romano Pontífice obtiene legítimamente su oficio mediante elección canónica aceptada conforme a las normas establecidas por la Iglesia.
§2 Si el Romano Pontífice renunciara a su oficio, se requiere para la validez que la renuncia sea hecha libremente y manifestada de forma legítima, sin necesidad de aceptación por parte de autoridad alguna.

333 §1 El Romano Pontífice ejerce su potestad sobre toda la Iglesia en Minecraft y sobre todas las jurisdicciones, organismos y miembros eclesiásticos.
§2 Todos los clérigos, obispos y demás autoridades están obligados a mantener comunión, obediencia y respeto hacia él.
§3 Contra sentencia, decreto o decisión del Romano Pontífice no cabe apelación ni recurso.

334 En el ejercicio de su oficio, el Romano Pontífice es asistido por los cardenales, dicasterios, tribunales, organismos de la Curia y demás instituciones establecidas conforme al derecho.

335 Mientras la Sede Apostólica se encuentre vacante o totalmente impedida, no debe innovarse nada en el gobierno universal de la Iglesia; obsérvese las normas especiales establecidas para tales circunstancias.


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