03 junio 2026

LIBRO II - DE LA CONSTITUCIÓN JERÁRQUICA DE LA IGLESIA (Cann. 204–572) TÍTULO IV DE LAS IGLESIAS PARTICULARES Y DE SUS AGRUPACIONES (Cann. 373–572) CAPÍTULO III DE LA ORGANIZACIÓN INTERNA DE LAS IGLESIAS PARTICULARES (Cann. 460–572) Art. 3 – DEL CONSEJO PRESBITERAL Y DEL COLEGIO DE CONSULTORES (Cann. 495–502)

CÓDIGO DE DERECHO CANÓNICO


LIBRO II
DE LA CONSTITUCIÓN JERÁRQUICA DE LA IGLESIA (Cann. 204–572)

TÍTULO IV
DE LAS IGLESIAS PARTICULARES Y DE SUS AGRUPACIONES (Cann. 373–572)

CAPÍTULO III
DE LA ORGANIZACIÓN INTERNA DE LAS IGLESIAS PARTICULARES (Cann. 460–572)

Art. 3 – DEL CONSEJO PRESBITERAL Y DEL COLEGIO DE CONSULTORES (Cann. 495–502)

495 §1 El Consejo Presbiteral en la Iglesia en Minecraft es un grupo de clérigos que representa al presbiterio y asiste al Obispo diocesano en el gobierno pastoral de la diócesis.
§2 Su finalidad es promover la comunión entre el Obispo y el clero y colaborar en la planificación pastoral.

496 §1 Corresponde al Obispo diocesano convocar el Consejo Presbiteral, presidir y determinar los asuntos que deben tratarse.
§2 El Consejo actúa siempre con carácter consultivo, salvo disposición contraria del derecho.

497 §1 Los miembros del Consejo Presbiteral son elegidos o designados conforme a las normas establecidas por el derecho o por el Obispo diocesano.
§2 Deben ser clérigos en comunión con la Iglesia en Minecraft y con idoneidad pastoral.

498 El Consejo Presbiteral debe ser consultado en asuntos de especial importancia para la vida de la diócesis, conforme a las normas del derecho.

499 §1 El Obispo puede disolver o renovar el Consejo Presbiteral por causa justa conforme al derecho.
§2 También puede establecer su organización interna mediante estatutos propios.

500 §1 El Colegio de Consultores es un grupo reducido de sacerdotes designados entre los miembros del Consejo Presbiteral, con funciones específicas de asesoramiento.
§2 Su constitución corresponde al Obispo diocesano conforme al derecho.

501 §1 El Colegio de Consultores debe ser consultado o intervenir en los casos previstos por el derecho, especialmente en situaciones de sede vacante o impedida.
§2 En esos casos, desempeña funciones esenciales para la continuidad del gobierno diocesano.

502 §1 Los miembros del Colegio de Consultores permanecen en su cargo por el tiempo establecido por el derecho o por el Obispo.
§2 El Obispo puede reemplazarlos conforme a las necesidades pastorales de la diócesis en la Iglesia en Minecraft.
 

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