CÓDIGO DE DERECHO CANÓNICO
LIBRO IV
ORGANIZACIÓN DE LAS IGLESIAS PARTICULARES
(Cann. 761–980)
DE LA COORDINACIÓN INTERDIOCESANA
ORGANIZACIÓN DE LAS IGLESIAS PARTICULARES
(Cann. 761–980)
TÍTULO III
DE LAS AGRUPACIONES DE IGLESIAS PARTICULARES
(Cann. 901–940)
CAPÍTULO III
DE LA COORDINACIÓN INTERDIOCESANA
(Cann. 926–940)
926 §1 La coordinación interdiocesana es el conjunto de acciones y normas destinadas a promover la colaboración entre diócesis dentro de la Iglesia en Minecraft.
§2 Debe orientarse al bien pastoral común y a la unidad eclesiástica.
§2 Debe orientarse al bien pastoral común y a la unidad eclesiástica.
927 La coordinación interdiocesana tiene por finalidad facilitar la cooperación en materia pastoral, litúrgica, formativa y administrativa.
928 §1 Corresponde a la autoridad competente establecer mecanismos de coordinación entre diócesis.
§2 Dichos mecanismos deben respetar la autonomía de cada Iglesia particular.
929 Las diócesis deben colaborar entre sí en la formación del clero, actividades pastorales y organización eclesiástica.
930 §1 Pueden establecerse comisiones o encuentros interdiocesanos conforme al derecho.
§2 Dichas estructuras deben tener objetivos claramente definidos y aprobados por la autoridad competente.
931 La coordinación interdiocesana no puede afectar la potestad propia de los Obispos diocesanos en sus respectivas jurisdicciones.
932 §1 Los acuerdos interdiocesanos deben realizarse conforme al derecho y con aprobación de las autoridades competentes.
§2 Deben constar por escrito y archivarse debidamente.
933 Las diócesis deben promover la unidad doctrinal y disciplinaria en todas las acciones coordinadas.
934 §1 Los organismos interdiocesanos deben actuar con transparencia, responsabilidad y fidelidad al derecho.
§2 Deben rendir cuentas a las autoridades competentes cuando sea requerido.
935 La coordinación interdiocesana debe facilitar el intercambio de recursos, formación y experiencias pastorales.
936 §1 Las reuniones interdiocesanas deben convocarse conforme al derecho y con participación de las autoridades correspondientes.
§2 Deben levantarse actas oficiales de todas las sesiones.
937 Los acuerdos interdiocesanos no pueden contradecir el derecho universal ni las disposiciones de la autoridad suprema de la Iglesia en Minecraft.
938 §1 Toda iniciativa interdiocesana debe orientarse al bien común de la Iglesia y a la salvación de las almas.
§2 Debe evitarse toda acción que genere división o confusión.
939 Las diócesis deben mantener una comunicación constante y respetuosa en el marco de la coordinación interdiocesana.
940 §1 La coordinación interdiocesana debe servir a la comunión, orden y eficacia pastoral de la Iglesia en Minecraft.
§2 Debe promoverse siempre la unidad entre las Iglesias particulares.
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