11 enero 2025

Constitución Apostólica - "Verbum Domini Crescat"

 CONSTITUCIÓN APOSTOLICA
"VERBUM DOMINI CRESCAT"
DEL SUMO PONTIFICE
BENEDICTO
PARA LA ERECCIÓN
DE LA PRELATURA DE MILPA


BENEDICTVS, EPISCOPVS,
SERVVS SERVORVM DEI


AD PERPETVAM REI MEMORIAM

A los venerables hermanos cardenales, obispos, presbíteros, diáconos y a todos los hermanos que se encuentran bajo nuestra jurisdicción en este entorno digital, les saludo con gracia y paz de parte de Dios nuestro Padre.

PRÓLOGO

1. La Santa Iglesia de Dios, peregrina en el tiempo y destinada a la eternidad, encuentra su alimento en la Palabra divina y en los sacramentos, los cuales la configuran como signo y prenda eficaz del Reino. Inspirados por el fiat de la Virgen María, Madre del Verbo encarnado, que "se puso en camino apresuradamente hacia la montaña" (Lc 1, 39), la Iglesia es constantemente llamada a levantar nuevas estructuras pastorales que encarnen su misión universal: proclamar el Evangelio a toda criatura (cf. Mc 16, 15).

2. Así como el Espíritu Santo impulsó a María a servir a Isabel, también hoy mueve a la Iglesia a responder con prontitud a las necesidades espirituales de los pueblos, para que cada comunidad local pueda experimentar de manera plena el misterio de Cristo, que es "cabeza de la Iglesia, la cual es su cuerpo, la plenitud de aquel que lo llena todo en todo" (Ef 1, 22-23).

CAPÍTULO I

3. Desde los comienzos de la historia de la salvación, Dios ha llamado a su pueblo a ser luz para las naciones (cf. Is 42, 6). En esta misma línea, y con el mandato misionero recibido del Señor resucitado, discernimos la necesidad de erigir una nueva estructura eclesial para atender con mayor proximidad y eficacia pastoral a los fieles de la República de Milpa, en su totalidad.

4. Por tanto, con el pleno ejercicio de nuestra autoridad apostólica, erigimos la Prelatura de Milpa, la cual abarcará todo el territorio de la República de Milpa. Establecemos su sede en la Ciudad de Milpa, donde la cátedra del obispo prelado se ubicará en la Catedral de San Judas Tadeo, venerado como patrón de las causas difíciles, símbolo de esperanza para los fieles en su camino hacia la salvación.

5. Esta nueva prelatura no es simplemente una división administrativa, sino una respuesta pastoral al llamado de Cristo de cuidar su rebaño con corazón de pastor (cf. Jn 10, 11). Al organizar esta porción del Pueblo de Dios, queremos que cada fiel experimente la cercanía de la Iglesia, especialmente en sus dimensiones sacramental, litúrgica y catequética, siendo una expresión concreta de la comunión trinitaria en la vida cotidiana de los creyentes.

CAPÍTULO II

6. Reconociendo que el ministerio episcopal es participación en el único sacerdocio de Cristo, "Pastor y Guardián de nuestras almas" (1 Pe 2, 25), nombramos como primer obispo prelado de la Prelatura de Milpa a Monseñor Antonio, Cardenal Esteban, cuya experiencia en la pastoral y profundo amor por el Evangelio lo convierten en digno sucesor de los Apóstoles para esta misión.

7. En comunión con el ministerio apostólico confiado a Monseñor Esteban, incardinamos a esta prelatura a:

- El Presbítero Gustavo Sebastián Barbosa, actualmente incardinado a la Diócesis de Dolores, quien ofrecerá su dedicación y celo pastoral al servicio de esta Iglesia naciente.

- El Diácono José Luis Guzmán, incardinado a la Diócesis de Dolores, cuya entrega y ministerio servirán para edificar a esta nueva comunidad eclesial en la caridad y el servicio.

Estos servidores, desde este momento, quedan plenamente integrados en la Prelatura de  Milpa, donde trabajarán bajo la guía del obispo prelado para la edificación del Cuerpo de Cristo.

CAPÍTULO III

8. "Yo soy el buen pastor. El buen pastor da su vida por las ovejas" (Jn 10, 11). Estas palabras del Señor resuenan como mandato y promesa para todo pastor. Exhortamos a Monseñor Esteban a modelar su ministerio según Cristo, confiándole el cuidado de su rebaño con un espíritu de servicio, discernimiento y entrega sacrificial, guiando siempre a su pueblo hacia las fuentes de la gracia.

9. Que San Judas Tadeo, intercesor de las causas imposibles, inspire y fortalezca esta nueva Iglesia particular, para que su misión evangelizadora sea fecunda y fiel a la tradición apostólica, y sus fieles encuentren en él un signo constante de esperanza en las dificultades de la vida.

CONCLUSIÓN

10. Delegamos al Dicasterio para los Obispos y a la Nunciatura Apostólica las facultades necesarias para la promulgación y ejecución de esta Constitución, asegurando que lo dispuesto en ella sea observado con reverencia y fidelidad.

11. Declaramos, finalmente, que esta circunscripción ha de ser reconocida como la única y legítima institución de la Santa Iglesia Católica en la República de Milpa. Exhortamos a los fieles a permanecer vigilantes ante quienes, sin mandato legítimo, pretendan usurpar el pastoreo del rebaño de Cristo. Corresponderá a la autoridad eclesiástica advertir oportunamente sobre tales circunstancias, velando siempre por la unidad y la pureza de la fe.

12. "No a nosotros, Señor, no a nosotros, sino a tu nombre da la gloria, por tu amor y tu fidelidad" (Sal 115, 1). Confiamos esta nueva prelatura a la protección maternal de la Santísima Virgen María, y al patrocinio de San Judas Tadeo. Que su intercesión celestial acompañe el caminar de esta Iglesia particular, fortalecida en la fe, la esperanza y la caridad.

Dado en Roma, en Letrán, a los once días del mes de enero del año jubilar de la Esperanza dos mil veinticinco, segundo de nuestro pontificado.

 Benedictus Pp
Pontifex Maximvs

Et nos,

 Mons. Pablo Kynast
        Nuncio Apostólico

 Mons. Ángel, Card. Castillo
        Prefecto del Dicasterio para los Obispos