BENEDICTVS, EPISCOPVS,
SERVVS SERVORVM DEI
A todos aquellos que tomen conocimientos de estas letras, salud, paz y bendición apostólica.
PRÓLOGO
2. Sin embargo, en los últimos tiempos, hemos observado con preocupación una disminución en la actividad pastoral, el compromiso comunitario y las vocaciones dentro de esta ilustre orden. Este estado de inactividad y debilitamiento amenaza con desfigurar el testimonio de santidad que los carmelitas están llamados a ofrecer al mundo. Como enseña el Concilio Vaticano II: "El Espíritu Santo, que habita en los creyentes y llena y gobierna a toda la Iglesia, realiza esta admirable comunión de los fieles y los une tan íntimamente en Cristo que es el principio de unidad de la Iglesia" (Lumen Gentium, 13). La revitalización del Carmelo es, pues, una tarea urgente.
CAPÍTULO I
3. Como sucesor de Pedro y pastor universal de la Iglesia que peregrina en Minecraft, sentimos el deber de velar por el bien de toda la familia religiosa, en especial de aquellas órdenes que, como el Carmelo, son pilares históricos y espirituales de nuestra fe. Por ello, movidos por un deseo sincero de renovación y revitalización, hemos decidido intervenir canónicamente en el Orden de Nuestra Señora del Monte Carmelo.
4. Esta intervención tiene como objetivo principal restaurar la vitalidad de la orden mediante un gobierno sólido y un compromiso renovado con sus carismas fundacionales: la contemplación, la oración, el apostolado y la devoción a la Santísima Virgen María, conforme al ejemplo de los grandes santos carmelitas como Santa Teresa de Ávila y San Juan de la Cruz, quienes enseñaron que "el alma que anda en amor ni cansa ni se cansa" (Cántico Espiritual, 29, 2).
CAPÍTULO II
5. Por el presente decreto, nombramos al Reverendo Presbítero Sebastián Vargas, O. Cam., como Administrador Apostólico del Orden de Nuestra Señora del Monte Carmelo. Confiamos a su celo pastoral y prudente dirección la tarea de guiar esta orden en un proceso de revitalización espiritual y pastoral.
6. El Administrador Apostólico tendrá las siguientes responsabilidades:
- Administrar los bienes espirituales y materiales de la orden con justicia y transparencia, recordando que "el buen administrador debe ser hallado fiel" (cf. 1 Co 4, 2).
- Fomentar las vocaciones religiosas al Carmelo, promoviendo un ambiente propicio para el discernimiento y la formación espiritual, conforme a la exhortación apostólica Pastores Dabo Vobis (n. 42), que subraya la importancia de una sólida formación integral.
- Impulsar la participación activa de la orden en las necesidades pastorales de la Iglesia universal, siguiendo el ejemplo del mismo Cristo que "no vino a ser servido, sino a servir y a dar su vida en rescate por muchos" (Mc 10, 45).
- Preparar las condiciones necesarias para que, cuando se alcance un número suficiente de religiosos carmelitas incardinados en el grado de presbíteros, se proceda a la elección de un Ministro General, conforme a las constituciones de la orden.
CAPÍTULO III
7. Exhortamos al Reverendo Sebastián Vargas a ejercer este encargo con espíritu de servicio y fidelidad a los carismas del Carmelo, modelando su ministerio según Cristo, quien no vino a ser servido, sino a servir (cf. Mt 20, 28), y teniendo siempre presente la exhortación de San Pablo: "Sed imitadores de mí, como yo lo soy de Cristo" (1 Co 11, 1).
8. Invitamos a los miembros de la orden y a todos los fieles a colaborar con generosidad en este proceso de renovación, ofreciendo sus oraciones y apoyo concreto para que el Carmelo recupere su lugar como signo luminoso de santidad en la Iglesia. Como recuerda el Papa Francisco en Evangelii Gaudium: "La alegría del Evangelio que llena la vida de la comunidad de los discípulos es una alegría misionera" (EG, 21).
CONCLUSIÓN
9. Confiamos esta iniciativa a la maternal intercesión de Nuestra Señora del Monte Carmelo, quien nunca abandona a aquellos que acuden a su protección. Que su manto maternal cubra esta obra de renovación, guiando al Orden hacia un futuro de fecundidad espiritual y pastoral.
10. Delegamos al Dicasterio para el Clero y la Secretaría de Estado de la Santa Sede las facultades necesarias para la promulgación y ejecución de este decreto, asegurando que sea observado con reverencia y fidelidad.
Dado en Roma, junto a San Pedro, a los dieciocho días del mes de enero del año jubilar de la Esperanza dos mil veinticinco, segundo de nuestro pontificado.