Considerando los informes recibidos sobre el comportamiento del Pbro. Israel Hernández durante diversas celebraciones litúrgicas, y tras una cuidadosa deliberación de los hechos, se ha determinado necesario tomar medidas disciplinarias.
Por tanto, se decreta la suspensión de las licencias presbiterales del Pbro. Israel Hernández por un período de dos meses a partir de la emisión de este documento. Esta suspensión implica la prohibición de celebrar misa tanto en el rito romano como en el rito oriental, así como en cualquier otro tipo de rito.
Además, durante este período de suspensión, se le exige al Pbro. Israel Hernández emitir una carta pública en la que pida disculpas por sus actos y reconozca su responsabilidad ante la comunidad. Asimismo, deberá asistir a un mínimo de diez misas presididas por obispos, como parte de su proceso de reflexión y enmienda.
Se hace saber que si el Pbro. Israel Hernández hace caso omiso a esta sanción o no cumple con las asistencias a las misas de los obispos, la suspensión continuará hasta que haya cumplido con los requisitos establecidos y haya demostrado una mejora en su carácter y comportamiento.
Se solicita a todos los fieles que respeten esta decisión y que brinden su apoyo al Pbro. Israel Hernández en su camino de restauración y crecimiento espiritual.
Dado en Roma, en la Ciudad del Vaticano, a trece de abril de dos mil veinticuatro.